Constitucional, la Guardia Nacional; va al Ejecutivo

  • El Congreso de la Unión emite la declaratoria
José Luis Montañez

 

El Congreso de la Unión deberá expedir en 60 días la Ley de la Guardia Nacional.

 

La Cámara de Diputados y el Senado emitieron la declaratoria de constitucionalidad a la reforma que crea la Guardia Nacional, luego de que los 32 congresos estatales la aprobaran.

El texto reformado fue enviado al Ejecutivo federal para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El presidente del Senado, Martí Batres, dio fe de cada uno de los 32 votos por parte de los congresos locales incluido el de la Ciudad de México que dan vida a la Guardia Nacional que se encargará de coadyuvar en el combate a inseguridad y crimen organizado.

Ahora sólo resta que el Ejecutivo federal promulgue esa reforma, a fin de que la nueva corporación policía pueda comenzar a operar una vez que se aprueben las leyes secundarias que deberán regular las acciones y operaciones de la Guardia Nacional en territorio nacional.

Una vez publicada la reforma Constitucional para crear la Guardia Nacional, el Congreso de la Unión deberá expedir en 60 días la Ley de la Guardia Nacional.

Otra legislación que también deberá estar lista en 90 días, es la que corresponde a la Ley Nacional del Registro de Detenciones.

Todas estas leyes secundarias son necesarias para que esta nueva institución policial pueda entrar en funciones.

Para crear la Guardia Nacional se modificaron los artículos 10, 16, 21, 31, 35, 36, 73, 76, 78 y 89 de la Constitución.

Ahora tienen que aprobarse tres nuevos ordenamientos, que son la Ley del Registro de Detenidos, la Ley del Uso de la Fuerza y la Ley Orgánica de la propia Guardia Nacional.

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