Procesan por deserción a 4 mil 543 militares en 28 años

  • IFAI solicita a la Sedena precisar información sobre los soldados condenados en ese lapso
Explicó que debido a que las sentencias en cuestión podrían contener información de carácter confidencial, tales como datos personales, la Sedena deberá elaborar versión pública de las mismas.

Los desertores son bajas en el Ejército y como tales se han tratado a lo largo de las últimas tres décadas, informó la Sedena.

En respuesta a la petición de un particular, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos solicitó a la Secretaría de la Defensa Nacional informar sobre los militares que fueron condenados debido a presuntos actos de deserción entre 1985 y 2013. Al ciudadano se le dijo en principio que, en dicho periodo, fueron procesados 4 mil 543 militares por abandonar su cargo.

El IFAI explicó en un comunicado que el particular pidió esa información, incluida la relacionada con los rangos de los militares, pero la Sedena proporcionó una tabla con los grados de los uniformados y el número de quienes fueron sometidos a juicio.

La Sedena también respondió que los nombres de ese personal se encontraban clasificados con fundamento en el artículo 13, fracción IV, y el 18, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

El particular interpuso un recurso de revisión ante el IFAI, que fue turnado al comisionado presidente Gerardo Laveaga, en el que impugnó la clasificación de los nombres y manifestó que en la solicitud diversa con número de folio 0000700134913, el sujeto obligado puso a disposición información similar.

Ante ello, la dependencia notificó que la información requerida estaba disponible en la modalidad de consulta directa, toda vez que se encontraba en los libros de gobierno de cada una de las prisiones militares adscritas a la primera, tercera y quinta región militar, en cada caso.

La Sedena argumentó que no era posible dar acceso a toda la información requerida por el particular en virtud del volumen de la documentación, sin embargo, el comisionado ponente consideró que es posible advertir el delito por el que se juzgó a un militar en concreto, los datos de identificación de éste y la fecha de emisión.

Además, Laveaga Rendón señaló que se debe distinguir entre el nombre de los militares procesados y declarados culpables, de aquellos enjuiciados y absueltos.

El IFAI también instruyó al sujeto obligado poner a disposición del particular, las sentencias condenatorias de los militares juzgados por el delito de deserción, en el periodo referido. Lo anterior, en las modalidades de copia simple o copia certificada. Explicó que debido a que las sentencias en cuestión podrían contener información de carácter confidencial, tales como datos personales, la Sedena deberá elaborar versión pública de las mismas.

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