SCJN declara inconstitucional penalizar el aborto en México

 

  • Ya no se castigará a quienes interrumpan embarazo temprano

 

La SCJN declaró inconstitucional sancionar penalmente a las mujeres que aborten, por lo que puso fin a la penalización de la interrupción del embarazo en su etapa inicial.

 

Por el voto unánime de 10 ministros, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional sancionar penalmente a las mujeres que aborten, por lo que puso fin a la penalización de la interrupción del embarazo en su etapa inicial, en cualquier región del país.

El Pleno declaró inconstitucional el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila que penalizaba el aborto en su etapa inicial y lo sancionaba de uno a tres años de prisión, sin importar los motivos.

Por tratarse de una acción de inconstitucionalidad y debido a la reforma judicial, la sentencia tiene efectos generales, acabando con ello con la prohibición absoluta de la interrupción del embarazo en su etapa inicial.

La ministra Margarita Ríos-Farjat y su homólogo se sumó al bloque de ministros que se pronunciaron a favor de la despenalización del aborto.

La ministra Ana Margarita Ríos Farjat destacó en su intervención que la Constitución federal no prohíbe el aborto y que su castigo se traduce en una sanción al ejercicio de derechos como el de la dignidad humana, la autonomía, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad jurídica, la salud y la libertad reproductiva.

“A la luz de la Constitución, que no prohíbe el aborto, ¿puede el Estado castigarlo? Al castigarlo sanciona una conducta enraizada en una serie de derechos que posee la mujer y las personas con capacidad de gestar, y que participan de la decisión de abortar, como el derecho a la dignidad humana, a la autonomía, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad jurídica, a la salud y a la libertad reproductiva. Es decir, sancionar la interrupción voluntaria del embarazo implica un límite a todos estos derechos humanos”, señaló.

“Se criminaliza a la persona gestante, sin encontrarse definido constitucionalmente si la vida se tutela invariablemente desde la concepción y cuál es el tratamiento del embrión en el mundo jurídico”, agregó.

Por ello, votó a favor de la propuesta del ministro Aguilar Morales, a quien exhortó a profundizar más sobre la ponderación del derecho a decidir y el derecho a la vida.

El único ministro que no votó fue Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien no asistió a la sesión por causas de fuerza mayor, informó el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

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